El Consejo se conforma por cinco consejeros. Uno lo será siempre quien funja como Presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado y durará en el cargo el tiempo que dure su mandato en la Presidencia de dicho órgano; dos serán nombrados por el Congreso del Estado a propuesta del Pleno del Tribunal; uno designado por Congreso del Estado a propuesta de la Junta de Coordinación Política, y uno más designado por el Ejecutivo Estatal, en los términos de la propia Constitución y las leyes reglamentarias.