El modelo o antecedente inmediato de los Consejos de la Judicatura existentes en México, es el llamado Consejo General del Poder Judicial de España, cuyas importantes funciones como la de nombramiento y remoción de los funcionarios del Poder Judicial, la inspección y vigilancia del trabajo de juzgados y tribunales superiores, la directa y autónoma administración y provisión de destinos presupuestarios a los órganos judiciales, la docencia judicial capacitadora o perfeccionadora, el otorgamiento de ascensos y el régimen disciplinario y sancionador de jueces y magistrados, son coincidentes en algunos de esos aspectos con las atribuciones de los Consejos mexicanos.
Los primeros Consejos de la Judicatura, en México, fueron creados en Sinaloa y Coahuila en 1988, al parecer, bajo el influjo de la reforma de 1987 a la fracción III del artículo 116 constitucional, que introdujo garantías judiciales para los integrantes de los poderes judiciales locales. El texto de la fracción mencionada les impedía nombrar jueces y magistrados, mismo que desapareció en la reforma de 1994.
En Sinaloa fue creado el 25 de marzo de 1988, en virtud de una iniciativa enviada al Congreso por el Supremo Tribunal de Justicia, en cuanto a sus atribuciones, no son propiamente de tipo decisorio, sino de recomendación y propuestas.
El Consejo de la Judicatura del Estado de Coahuila fue creado mediante reforma a la Constitución local en 1988, tiene también atribuciones relativamente limitadas en materia de nombramiento, inspección y disciplina de los tribunales.
En el ámbito federal, entre las novedades más importantes de las reformas en diciembre de 1994, se encuentra la creación del Consejo de la Judicatura Federal como uno de los órganos depositarios del ejercicio del Poder Judicial de la Federación, encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
El Consejo de la Judicatura Federal fue reglamentado primero de manera provisional a través de las reformas y adiciones hechas a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación de 1988. Para posteriormente en 1995 con la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación se reglamenta el consejo y sus órganos auxiliares.
Fue creado con el objetivo de “separar a los órganos jurisdiccionales de tareas administrativas; establecer mecanismos de control y supervisión de toda la estructura institucional. Además se le atribuyó la función de administrar la carrera judicial, a través del Instituto de la Judicatura Federal.